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SCJN pide claridad en proyecto de Agua Saludable para la Laguna por esta razón

El caso se originó cuando un ejidatario, quien es concesionario de aguas de la presa de Lázaro Cárdenas del Río, presentó un amparo por la omisión de información sobre el proyecto.

Por: Soledad Galván

TORREÓN, Coahuila.- Luego de que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concediera un amparo a un ejidatario del municipio de Francisco I. Madero, en Coahuila, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) deberá publicar información detallada del proyecto “Agua Saludable para La Laguna”.

Ver nota: Inauguran segunda etapa del proyecto ‘Agua Saludable para La Laguna’


¿Por qué se originó dicha denuncia?

El caso se originó cuando un ejidatario, quien es concesionario de aguas de la presa de Lázaro Cárdenas del Río, presentó un amparo por la omisión de información sobre el proyecto, además de la falta de acciones para remediar la sobreexplotación de las aguas subterráneas en la Comarca Lagunera, y los altos niveles de arsénico en el agua.

La Corte señaló que, aunque la Conagua ha tomado algunas medidas, no ha cumplido con la obligación de presentar la información de manera sistemática y comprensible, lo que afecta el derecho al agua y a un medio ambiente sano para los habitantes de la región.

Ver nota: Sheinbaum promete continuidad a 'Agua Saludable para La Laguna'


¿Qué es el Acuerdo de Escazú?

Esta decisión se enmarca en el cumplimiento del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), que establece estándares de transparencia y acceso a la información sobre temas ambientales.

Dicho acuerdo impulsa el cuidado del medio ambiente y el desarrollo sostenible, el derecho a la salud y a un medio ambiente sano; protege los derechos de todas las personas al acceso a la información, a la participación y a la justicia en temas ambientales (los llamados “derechos de acceso”); establece medidas para facilitar su ejercicio, así como los mecanismos para garantizarlos.

El tribunal revocó anteriormente una sentencia que desestimaba el interés legítimo del solicitante, confirmando que este tiene derechos sobre las aguas de la región afectada, sin embargo, en esta ocasión se destacó la responsabilidad de la Secretaría de Salud de informar sobre los riesgos del arsénico y de tomar acciones preventivas ante esta problemática.